| Novedades en el ambito laboral para 2009 |
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| Escrito por Javier Vera Casaño | |
| 15.01.2009 | |
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La LEY 2/2008, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2009 establece las siguientes novedades en el ambito laboral:
PENSIONES PÚBLICAS Determinación de la cuantía de las pensiones contributivas y no contributivas de
Mediante el Real Decreto 2127/2008, publicado recientemente el 30 de diciembre, se establece una revalorización general de la pensiones de
COTIZACIONES SOCIALES Se actualizan las bases, topes máximos y mínimos y tipos de cotización de los distintos regímenes de Tipos de Cotización en el Régimen General Año 2009 En general se mantienen todos los tipos de cotización: • Contrato Indefinido • Contrato Duración Determinada a Tiempo Completo • Contrato Duración Determinada a Tiempo Parcial • Contrato Empresas Trabajo Temporal • Horas Extraordinarias • Cotización de los Contratos para la Formación Se establece para los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen Especial Agrario durante el año 2009: • Los importes de las bases mensuales de cotización de los que presten servicios durante todo el mes. • Los importes de las bases diarias de cotización por jornadas reales. • Los importes de las bases mensuales de cotización durante los periodos de inactividad dentro del mes natural para cada grupo profesional. • Los tipos aplicables a la cotización durante los periodos de actividad y de inactividad. • Reducciones en las aportaciones empresariales a la cotización a este Régimen Especial. Se establece para la cotización de los dos primeros años de becarios e investigadores, las mismas cuotas que son de aplicación respecto de los contratos para la formación.
Disposición adicional primera. Prestaciones familiares de
Disposición adicional quinta. Los contratos de trabajo de carácter indefinido de los trabajadores de cincuenta y nueve o más años, con una antigüedad en la empresa de cuatro o más años, darán derecho a la reducción del 40 por ciento de la aportación empresarial en la cotización a Disposición adicional sexta. La suspensión del contrato de trabajo por paternidad tendrá una duración de veinte días cuando el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa, cuando la familia adquiera dicha condición con el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento o cuando en la familia haya una persona con discapacidad. Dicha duración se ampliará en dos días más por cada hijo a partir del segundo, o si uno de ellos es una persona con discapacidad. Será de aplicación a los nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan o constituyan a partir de 1 de enero de 2009.
Disposición adicional séptima. Reducción en la cotización a
Disposición adicional novena. Reducción en la cotización del colectivo de bomberos. Con efectos de 1 de enero de 2009 y vigencia indefinida, en relación a los bomberos que puedan acogerse a los beneficios del anticipo de la edad de jubilación, pero sin embargo permanezcan voluntariamente como activos, darán lugar a la reducción del 50 por ciento de la aportación empresarial en la cotización a Disposición adicional vigésima octava. Determinación del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para 2009. Se actualizan las siguientes cuantías del IPREM para el 2009: - IPREM diario: 17,57 euros - IPREM mensual: 527,24 euros - IPREM anual: 6.326,86 euros Disposición sexagésima quinta. En el plazo de tres meses se ampliará hasta el 60 por ciento el porcentaje de capitalización de la prestación por desempleo destinada a financiar la inversión de quienes quieran constituirse como trabajador autónomo.
Disposición final decimotercera. Modificación de la tabla de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. |
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| Última modificación ( 16.01.2009 ) |
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