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Libertad de Amortización para el 2009 2010 y otras novedades PDF Imprimir E-mail
Escrito por David Fernández Olmedo   
26.11.2008

Novedades para el 2.009

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Ya esta en vigor la ley de medidas fiscales que incluye la eliminación del impuesto de patrimonio y la devolución mensual de IVA.

La principal novedad reside en la posibilidad de las empresas de obtener la libertad de amortización en inversiones realizadas en 2009 y 2010 si no varían la 'plantilla media' en los dos años posteriores a la compra de los nuevos activos.

Hasta ahora, cuando una empresa realizaba inversiones inmobiliarias o en maquinaria, la ley establecía un periodo de amortización. Es decir, la empresa sólo podía imputar en el capítulo de gastos una parte de su inversión cada año. La libertad de amortización permitirá incluir el 100% de su inversión en su balance y, por tanto, reducir la base imponible del impuesto de sociedades y pagar menos a Hacienda.

Otra medida novedosa permitirá a aquellas empresas que se vean penalizadas en el impuesto de sociedades por la aplicación del nuevo Plan General Contable, abonar ese coste fiscal en tres años.

Por otra parte, las empresas puedan pedir la devolución mensual de IVA a partir de 2009. Hasta ahora, la liquidación se realizaba anualmente. El Gobierno prevé que la medida permitirá avanzar 6.000 millones de euros, pero pocas empresas lo utilizarán.

Además se cambia la redacción del artículo 80.4 de la LIVA, donde se reduce de dos a un año, el periodo para poder reducir la base imponible de los morosos, lo que permite recuperar el IVA más rapidamente. Los requisitos son: que haya transcurrido 1 año sin cobro, que este contabilizado y declarado y que se haya instado el cobro mediante reclamación judicial. Se realizará factura rectificativa, la cual se comunicara a la AEAT.

Eso para el IVA, pero se lo puede deducir en el Impuesto de Sociedades, desde los seis meses de impago desde el vencimiento de la deuda. Para ello tiene que estar perfectamente contabilizado como dotación de la perdida por insolvencia.

Como ya estaba pactado, se incluye una bonificación para el periodo fiscal de 2008 del 50% en las cuotas del sector del transporte por carretera en el impuesto sobre actividades económicas para paliar el fuerte incremento del precio de la gasolina en la primera mitad de este año.

Última modificación ( 27.01.2009 )
 
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