Consultores Vera & Fernández
Servicios de Asesoramiento Empresarial
Inicio
01.08.2010
Nuestros Servicios
Presentación
Gestión Contable
Tributación
Asesoría Laboral
Asesoría Jurídica
Subvenciones
Auditoría
Área Financiera
Protección de Datos
Concursal
Tasaciones
Seguros
Formación
CVF en la Radio
Inicio de Sesion





Olvidó su contraseña?
Nuevo usuario? Regístrese aquí
Sindicacion
Encuestas
¿Tienes dudas sobre el Nuevo Plan General de Contabilidad?
 
Relacionados
Últimas Noticias
Subvenciones al Comercio Turismo y Deporte PDF Imprimir E-mail
Escrito por David Fernández Olmedo   
06.03.2008

Subveniones al Comercio para 2.008 / 2.009 /2.010

Image

    
Consultores Vera & Fernández ofrece de nuevo, la oportunidad de emprender con éxito las subvenciones en materia de Comercio y Artesanía de la Junta de Andalucía.
Se distinguen las siguientes modalidades de su interés:
1.- Modernización de pequeña y mediana empresa comercial e implantación de sistemas de calidad.
2.- Fomento del asociacionismo comercial y el desarrollo de Centros Comerciales abiertos.
3.- Promoción comercial.
4.- Promoción de Ferias Comerciales Oficiales.
5.- Modernización y Fomento de la Artesanía.

BENEFICIARIOS

 En la primera modalidad, Los comerciantes minoristas ya sean personas físicas o jurídicas que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía.
En la segunda modalidad, asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes, domiciliadas en Andalucía; en la tercera  modalidad PYMES productoras, agrupaciones, consorcios o asociaciones empresariales. En la cuarta modalidad, instituciones feriales y entidades públicas no territoriales que organicen ferias comerciales oficiales. En la quinta modalidad, asociaciones profesionales y empresas artesanas.

REQUISITOS DE LA INVERSION


     Se subvencionarán las siguientes actuaciones:
- 1.- Modernización de pyme comercial e implantación de sistemas de calidad:
o Renovación y mejora tecnológica de la pyme comercial que, en la totalidad de los centros dependientes no supere el número de 15 trabajadores, y que consistan en:
 Adquisición de equipos informáticos, hasta el límite de 3.000 euros.
 Adquisición de software, hasta el límite de 1.500 euros.
 Adquisición de equipo tecnológico, hasta el límite de 3.000 euros.
 Conexión a internet, hasta el límite de 500 euros.
 Gastos para asistencia a ferias de nuevas tecnologías de información comercial adaptadas al comercio, hasta el límite de 600 euros.
 Diseño e implantación de sistemas de ventas no presenciales (comercio electrónico), hasta el límite de 2.000 euros.
 Proyectos relativos al asesoramiento y puesta en práctica de servicios asociados a la venta, hasta el límite de 1.200 euros.
 Adecuación física de establecimientos necesaria en la implantación de nuevos sistemas de venta, hasta el límite de 18.000 euros.
 Ampliación y reforma del establecimiento afecto a la actividad comercial, hasta el límite de 60.000 euros.
 Gastos de adquisición de equipamiento y mobiliario comercial, hasta el límite de 15.000 euros.
o Innovación en la gestión de la pyme comercial que, en la totalidad de los centros dependientes de la misma, no supere el número de 15 trabajadores, y que consistan en:
 Diseño de proyectos empresariales de gestión que estimulen y fomenten la innovación y su puesta en marcha, hasta el límite de 30.000 euros.
 Desarrollo de programas de análisis e incorporación de innovaciones (benchmarking), hasta el límite de 30.000 euros.
 Apertura de nuevos centros en grandes establecimientos comerciales, manteniendo los existentes, hasta el límite de 30.000 euros.
o El crecimiento interno de la pyme comercial que, en la totalidad de los centros dependientes de la misma, no supere el número de 25 trabajadores, y que consistan en:
 Estudios de mercado sobre la idoneidad de la apertura del segundo y posterior punto de venta en la misma localidad, hasta el límite de 30.000 euros.
 Estudios de mercado sobre la idoneidad de extender la ampliación a otras localidades y/o estudios de mercado relativos a proyectos de diversificación en nuevos segmentos del mercado, hasta el límite de 30.000 euros.
o Actuaciones derivadas de la implantación de la norma de calidad  UNE 175001/1 en la pyme comercial que, en la totalidad de los centros dependientes de la misma, no supere el número de 15 trabajadores.
o Fomento de la transferencia horizontal entre empresas innovadoras y comerciantes andaluces.
o Cambio o ampliación a nuevas actividades comerciales.
o Apertura de un segundo o posterior punto de venta, manteniendo el preexistente.
o Diseño de planes estratégicos orientados al crecimiento de las pymes comerciales.
o Inversiones destinadas a transformar un establecimiento comercial polivalente en uno especializado.
o Inversiones destinadas a que los establecimientos especializados puedan ofrecer una gama más estrecha y profunda de productos.
o Articulación de estratagias de venta basadas en la diferenciación de servicios ofrecidos al consumidor.
o Adecuación física de las pymes comerciales derivadas de su conversión a franquiciadora.

REQUISITOS PARA OBTENER LA AYUDA

      El importe de la subvención a conceder no podrá exceder del 50% del total de la inversión aprobada subvencionable. La ayuda total de mínimis concedida no podrá exceder de 100.000€ durante un periodo de 3 años.

IMPORTANTE: Estar inscrito en la Sección I del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía y ejercer una actividad con una antigüedad de al menos 2 años. Los epígrafes del impuesto IAE subvencionables son Agrupación 64 (excepto grupo 646), Agrupación 65 (excepto grupos 652.1, 654, 655, 656, 659.1, 659.3, 659.5, 659.8) y agrupación 66 (excepto grupo 663,664, 665).

      NO REALICE LA INVERSION TODAVÍA. La solicitud debe estar tramitada antes de comenzar la inversión o emitidas las facturas.

PLAZO
 

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día  31 de Enero de cada año.

    Sin embargo, recomendamos se realice en el plazo más breve posible, ya que se concederán todas las subvenciones a fondo perdido, hasta fin de presupuesto anual.

DOCUMENTACIÓN

     La documentación constara de fotocopias por triplicado y original de:

- Tarjeta de identificación Fiscal (N.I.F.)
- Escritura de constitución y posteriores modificaciones.
- DNI del Administrador.
- Facturas proforma de todas las inversiones
- Memoria e Informe que justifique la inversión

Cuando se resuelva la solicitud como favorable se adjuntará más información como la del impuesto de sociedades.

RESOLUCIÓN

      El plazo en que se notificarán si la subvención ha sido aprobadas o no será de seis meses como máximo. De no haber  recibido contestación se entenderá la solicitud por denegada.

 EL COSTE DE TRAMITACION DE LA AYUDA SERÁ SUBVENCIONADO
 
El coste de la tramitación será  120 Euros (el 50 % se abonará al inicio de la tramitación), que son los de la realización de la Memoria e Informe de desarrollo tecnológico donde se justifique razonadamente la necesidad de los bienes o servicios objeto de la solicitud, con una descripción detallada de los mismos, definiéndolo técnica y económicamente.

Nos involucramos totalmente en el proyecto, para que finalice con éxito la ayuda, por lo que una vez concluida, se abonará el 7% del importe total concedido como subvención.


Carmen Pilar Ramírez Agudo
Dpto. Subvenciones

Última modificación ( 06.03.2008 )
 
< Anterior   Siguiente >
 
© Consultores Integrales Vera y Fernández, S.L.
Sitio web potenciado por Mambo.
Plantilla basada en extender de Mamboteam