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Subvenciones para las ONG PDF Imprimir E-mail
Escrito por David Fernández Olmedo   
19.03.2007

ImageSUBVENCIONES COOPERACIÓN Y DESARROLLO 2.007

    Consultores Integrales Vera & Fernández, SL ofrece de nuevo, la oportunidad de emprender con éxito las nuevas subvenciones de la Junta de Andalucía por las que se conceden ayudas a fondo perdido para actividades de cooperación y ayuda al desarrollo.

  

BENEFICIARIOS

            Podrán acceder los ciudadanos españoles y extranjeros, así como las personas jurídicas y entidades públicas o privadas que cumplan los siguientes requisitos:

-          Personas físicas: haber cumplido la mayoría de edad.

-          Personas jurídicas: estar legalmente constituidas.

-          Agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica: cada una de las personas físicas o jurídicas que las integran deberán reuinir los requisitos establecidos.

 

En todos los casos:

-          deben disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar el proyecto o la actividad para los que se solicita la subvención en particular la capacidad instalada de los recursos humanos y económicos del solicitante, la presencia en las regiones y países de actuación, y la acreditada experiencia en los sectores de actuación.

-          Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social españolas.

-          Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud de las ayudas y subvención recibidas con anterioridad de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Es requisito indispensable el registro antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

 

REQUISITOS DE LA INVERSION

 

El objeto  es la financiación de proyectos o actividades de iniciativa particular en materia de cooperación al desarrollo, como pueden ser la promoción económica y social, cultural, técnica, científica, profesional, asistencial, de sensibilización y difusión de la cooperación internacional para el desarrollo que, con una duración máxima de su periodo de ejecución de 18 meses, podrán realizarse tanto en España como en el extranjero.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se consideran gastos directos subvencionables los siguientes:-          identificación de la intervención en el terreno-          evaluaciones externas finales exigidas para los proyectos de cooperación para el desarrollo que hayan recibido subvención superior a 350.000 euros-          auditorías externas finales-          terrenos e inmuebles (compra o alquiler)-          construcción y/o reforma de inmuebles e infraestructuras-          equipos, materiales y suministros-          personal-          servicios técnicos y profesionales-          funcionamiento en el terreno-          viales, alojamientos y dietas-          gastos financieros, de asesorías jurídicas o financieras, notariales y registrales indispensables para la ejecución del proyecto-          tributos. 

CUANTÍA DE LA AYUDA

 El importe de las subvenciones concedidas, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ingresos o recursos de otras Administraciones Públicas o de otros Entes Públicos o privados, nacionales o no, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

En cualquier caso, el importe máximo de las subvenciones concedidas para la misma finalidad, no podrá superar el 80% del coste de la actividad.   

PLAZO

  El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de marzo de 2007.    Sin embargo, recomendamos se realice en el plazo más breve posible, ya que se concederán todas las subvenciones a fondo perdido, hasta fin de presupuesto anual.    

DOCUMENTACIÓN

      La documentación constara de fotocopias por triplicado y original de: -          Tarjeta de identificación Fiscal (N.I.F.)-          Estatutos y posteriores modificaciones.-          Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante, así como poder bastante en derecho para que actúe en nombre y representación dela ONGD.-          Justificante de la inscripción de la entidad en el Registro de ONGD antes de la fecha de publicación de la convocatoria.-          Memoria e Informe que justifique la inversión (a realizar por nuestra consultoría)   

RESOLUCIÓN

       El plazo en que se notificarán si las subvenciones han sido aprobadas o no será de seis meses como máximo. De no haber  recibido contestación se entenderá la solicitud por denegada.    

 

EL COSTE DE TRAMITACION DE LA AYUDA SERÁ SUBVENCIONADO El coste de la tramitación mínimo inicial  125 Euros  (cantidad que puede variar en función del trabajo realizado) que son los de la realización de la Memoria donde se justifique razonadamente la necesidad de los bienes o servicios objeto de la solicitud, con una descripción detallada de los mismos, definiéndolo técnica y económicamente.  Nos involucramos totalmente en el proyecto, para que finalice con éxito la ayuda, por lo que una vez concluida, se abonará el 7% del importe total concedido como subvención.    

David Fernández Olmedo                       Marga Pérez Reina
Dpto. Subvenciones y Ayudas Públicas
Última modificación ( 11.04.2009 )
 
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