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Escrito por David Fernández Olmedo   
16.04.2010

Nuevas Deducciones en Renta y Sociedades, y la reducción del IVA:

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Entrada en vigor: 14/04/2010

Públicación: Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril

Impuesto sobre la Renta: Image

Nueva deducción por obras de mejora en la vivienda habitual.

Se crea una deducción por obras de mejora en la vivienda habitual que tengan por objeto, entre otros, el incremento de la eficiencia energética, la sustitución de instalaciones de suministros o la creación de infraestructuras que favorezcan la accesibilidad. No darán derecho a practicar esta deducción las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

La deducción será el 10% de las cantidades invertidas.

 

Las cantidades no deducidas por exceder de la base máxima anual de deducción se podrán deducir en los cuatro ejercicios siguientes.

El límite durante todos los años de vigencia de la norma es de 12.000 euros por vivienda. Si hay varios propietarios con derecho a deducción por una misma vivienda, el límite de 12.000 euros se distribuirá entre los propietarios en función del porcentaje de propiedad.

Exención en el I.R.P.F, de las cantidades satisfechas por las empresas para el transporte colectivo de sus trabajadores. Image

 

Se incluye una nueva exención en el IRPF de las cantidades satisfecha a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de viajeros, para ir desde la residencia de los trabajadores al centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales por cada trabajador. Consulte con su asesor laboral.

Impuesto de Sociedades: Image

Ampliación de la libertad de amortización con mantenimiento de empleo:Las inversiones en elementos nuevos de inmovilizado y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, en los períodos impositivos de los años 2009, 2010, 2011 y 2012, podrán ser amortizados libremente siempre que, durante los veinticuatro meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores. Consulte con su asesor Fiscal.

Operaciones Vinculadas para empresas de reducida dimensión:  archivadores.jpg

No será exigible a las entidades cuya cifra neta de negocio sea inferior a 8 millones de euros, siempre y cuando el total de operaciones vinculadas no supere el importe conjunto de 100.000 euros de valor de mercado.

 

 

Se modifica el IVA: Image  

 

Aplicación del tipo superreducido (4%) del IVA: Para los servicios de dependencia que se presten mediante plazas concertadas o mediante precios derivados de concursos administrativos.  Reducción en el IVA de los módulos aplicables a las actividades de renovación y reparación de viviendas particulares.

teclado.jpg

Simplificación de los requisitos para recuperar el IVA o el IGIC. en el caso de créditos incobrables. Se establece un período transitorio para reducir la base imponible cuando hayan transcurrido más de 6 meses pero menos de un año y tres meses desde el devengo del impuesto.

 

David Fernández Olmedo.

 

Última modificación ( 30.04.2010 )
 
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