| Subvenciones Patentes |
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| Escrito por David Fernández Olmedo | |
| 14.04.2009 | |
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Subvenciones Patentes 2009
Consultores Integrales Vera & Fernández, S.L. ofrece de nuevo, la oportunidad de emprender con éxito las subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes en el exterior. Se distingue la siguiente modalidad de su interés: las solicitudes de patentes en el exterior por la Oficina Española de Patentes y Marcas.
1. Las ayudas se concederán, en su caso, por la realización de alguna de las siguientes actividades, que serán compatibles entre sí: a) La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, en el marco de procedimientos de concesión de patentes o de modelos de utilidad nacionales o regionales. Serán subvencionables los trámites siguientes:
1.º La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad. b) Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT. Serán subvencionables los siguientes trámites:
1.º La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora. 2. En ningún caso serán objeto de subvención las validaciones de patentes europeas en España o las entradas en fase nacional en España, ni las traducciones al castellano. 3. La realización de las actividades subvencionables deberá acreditarse de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la presente resolución.
4. A las ayudas señaladas en el apartado 1 de este artículo se les asignarán unas cuantías de referencia, en función del país o grupo de países en que haya tenido lugar la actividad subvencionable. No se subvencionará la realización de trámites que no supongan el pago de una tasa. 5. La subvención no podrá superar el 70% de los importes. En caso de que el solicitante sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME), la subvención no podrá superar el 80% de dichos importes. 6. En ningún caso las subvenciones podrán superar el importe máximo total de las ayudas «de mínimis», establecido en 200.000 euros (100.000 si se trata de empresas de transporte por carretera) durante un período de tres ejercicios fiscales para una misma empresa, ni individualmente, ni como resultado de la participación en agrupaciones sin personalidad jurídica.
7. El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 55.000 euros para cada uno de los solicitantes en esta convocatoria, salvo en el caso de las PYMES, en que el importe máximo individualizado será de 60.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 30 de Abril del presente año. Sin embargo, recomendamos se realice en el plazo más breve posible, ya que se concederán todas las subvenciones a fondo perdido, hasta fin de presupuesto anual.
DOCUMENTACIÓN
a) Copia del CIF, en el caso de que el solicitante sea una persona jurídica. d) La presentación de la solicitud de acuerdo con el modelo establecido permitirá suponer, salvo denegación expresa, la autorización del solicitante para que el Órgano Instructor recabe de forma directa, los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social. En el caso de que el solicitante deniegue la autorización a la OEPM deberá aportar sendas certificaciones de la Agencia Española de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social. La certificación de la Agencia Española de Administración Tributaria deberá ser expedida «a efectos de subvenciones». Si el solicitante no estuviera inscrito en la Seguridad Social, deberá presentar una declaración explicativa del motivo.
e) En caso de que la solicitud, en soporte papel o telemática, se realice a través de un representante, será necesaria la presentación de una autorización a dicho representante, que deberá presentarse firmada por ambos.
El plazo en que se notificarán si la subvención ha sido aprobada o no será de seis meses como máximo. De no haber recibido contestación se entenderá la solicitud por denegada.
Dpto. Subvenciones
Director Técnico: David Fernández Olmedo. |
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